Los papeles del bebé

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10/11/2022 - Tiempo de lectura 3 mins
papeles del recien nacido

Este artículo trata de:

Inscripción registro civil
Tarjeta Sanitaria
Inscripción Padrón Municipal

A continuación te detallamos cuáles son los papeles que necesitamos hacer del recién nacido.

Papeles que hay que hacer para el bebé recién nacido

Cuando nace el bebé tenemos que realizar la inscripción en el Registro Civil, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y en el Padrón Municipal ¿qué papeles se necesitan para realizar cada trámite?

Inscripción en el Registro Civil

Para que quede constancia del nacimiento del bebé teníamos que ir a inscribirlo en el Registro Civil (podíamos hacerlo en el lugar de nacimiento o en la localidad donde residiéramos si no es la misma). Si los padres no están casados, ambos debían ir juntos al Registro. Si lo están, podían acudir indistintamente el padre, la madre o incluso los abuelos, tíos o primos del recién nacido, así como los cuñados y cuñadas del bebé -cualquier familiar consanguíneo hasta el cuarto grado y los afines hasta el segundo- llevando la documentación necesaria.

Sin embargo, el 14 de julio de 2015 se publicó en el BOE la Ley 19/12015 de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que incluye un artículo que contempla la posibilidad de que los ciudadanos puedan comunicar electrónicamente desde los centros sanitarios el nacimiento de sus hijos. Dicha medida evita en la mayoría de los casos desplazarse a los Registros Civiles. Es una medida incluida dentro del plan de modernización del Ministerio de Justicia orientada a simplificar la vida al ciudadano.

Así, la solicitud de inscripción de los recién nacidos se realiza directamente desde los centros sanitarios, donde los padres, asistidos por los administrativos de los centros, firman el formulario oficial de declaración al que se incorpora el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remite telemáticamente desde el Centro Sanitario al Registro Civil.

¿Qué papeles necesitamos?: Además de un documento válido que acredite quiénes somos, solo hace falta presentar el libro de familia, el certificado de matrimonio o firmar la «Declaración» de matrimonio en el Formulario oficial, si la filiación es matrimonial; o firmar la «Declaración» de paternidad contenida en el Formulario oficial si la filiación es no matrimonial.
 

Asistencia sanitaria

Pronto habrá que acudir al pediatra, y para entonces deberíamos haberlo inscrito en la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercana. ¿Quién debe hacerlo? Si se incluye al bebé como beneficiario del padre, tendrá que ser él quien lo tramite; si es la madre quien lo hace, es ella la que tiene que acudir a la oficina del INSS. Tras solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de atención primaria más cercano, llegará por correo a nuestra casa en unos días. Pero con la solicitud ya se puede pedir cita con el pediatra.

¿Qué papeles necesitamos?: El certificado de la inscripción del bebé, la cartilla de la Seguridad Social del titular con quien se pondrá al bebé, la tarjeta sanitaria de esa misma persona y el impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social (lo proporcionan allí).
 

Inscripción en el padrón municipal

Algunos ayuntamientos registran el alta por nacimiento en el padrón municipal automáticamente una vez que reciben los datos del Registro Civil, pero no es la norma. Para registrar al bebé en el padrón municipal al menos uno de los padres debe estar inscrito en el mismo domicilio que el recién nacido (no puede empadronarse a un menor solo).

¿Qué papeles necesitamos? : Hay que llevar el DNI del padre o de la madre (basta con uno) y el libro de familia.
 

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